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Información corporativa - Quiénes somos - Estatutos actuales - Estatutos de la Red Española de Desarrollo Rural

Estatutos de la Red Española de Desarrollo Rural (REDR)

(Según la LEY ORGÁNICA 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación)

Título Preliminar: Disposiciones generales

Capítulo I. Denominación, Ámbito territorial y Fines

Artículo 1.- Con la denominación de Red Española de Desarrollo Rural (REDR) se constituye una asociación, como un instrumento para fomentar y propiciar el desarrollo rural sostenible, en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo. La REDR es una organización sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines, con sujeción a los presentes Estatutos y normativa aplicable.

Artículo 2.- El ámbito de actuación de la entidad es la totalidad del Estado Español, sin perjuicio de lo que los presentes Estatutos disponen de colaboración interregional, internacional y cooperación al desarrollo. El domicilio social de la Asociación se establece en la ciudad de Madrid, calle Duque de Medinaceli, n°12, 1º izquierda, C.P. 28014.

Artículo 3.- La REDR tendrá una duración indefinida, y subsistirá mientras perdure la necesidad de cumplimiento de sus fines. Para el cumplimiento de los mismos la REDR se dota de los siguientes órganos colegiados y unipersonales: la Asamblea General, la Junta Directiva, Comisión Permanente, Presidente, Vicepresidentes, Secretario y Tesorero. La Junta Directiva, podrá autorizar la creación de mesas de trabajo sectoriales, en todo caso de carácter consultivo, y estableciendo para ello un reglamento de funcionamiento, y en su caso, los recursos de que deba disponer. Estas mesas en ningún caso se entienden órganos de gobierno de la REDR. Estos órganos contarán con el asesoramiento de la Gerencia, con voz pero sin voto, que participará en sus reuniones.

Artículo 4.- Serán beneficiarios de la acción de la REDR, las entidades y personas físicas o jurídicas que fomenten o desarrollen actividades dentro de su ámbito territorial acordes con los fines de la REDR, y no hayan sido inhabilitadas por la administración o justicia españolas. Los extranjeros cumplirán los requisitos previstos en la legislación vigente.

Artículo 5.- La REDR tiene los siguientes fines:

- Impulsar políticas de desarrollo sostenible en favor de la mejora del bienestar y la permanencia de la población del medio rural, garantizando la calidad del entorno y la actividad y el empleo existente en el mismo.

- Promover y fomentar medidas y sinergias que faciliten el desarrollo del medio rural de una forma integral (sectores de población con mayores dificultades, producción agroalimentaria, turismo rural, conservación y protección del medio ambiente, PYMES rurales, cooperación nacional e internacional, etc.).

- Promocionar la participación y el civismo de la sociedad rural, fortalecer su tejido asociativo y promover la creación y animación de las redes sociales rurales.

- Fomentar, facilitar, promocionar e impulsar toda clase de actividades generadoras de desarrollo económico y social en las zonas rurales, prestando servicios de valor añadido.

- Estudiar, diseñar, gestionar y financiar cuantos proyectos se consideren viables para las necesidades del medio rural.

- Gestionar todo tipo de ayudas destinadas a financiar la propia REDR y la creación de infraestructuras necesarias para garantizar su funcionamiento.

- Realizar estudios y planes de viabilidad que, partiendo de la situación real de las zonas rurales, apunten en qué dirección puede ir el desarrollo económico de su ámbito territorial de actuación.

- Coordinar y colaborar con organismos locales, provinciales, autonómicos, nacionales y supranacionales dedicados al desarrollo de las zonas rurales, así como con ONGs, asociaciones y entidades no lucrativas en el medio rural.

- Fomentar nuevos lazos de cooperación entre todos los protagonistas de la cultura y la economía rural, aprovechando esos mismos medios para llegar a construir un proyecto con identidad suprarregional.

- Promocionar la diversidad rural en el marco de los procesos de globalización social, económica y cultural.

- Fortalecer el papel del mundo rural en la Sociedad de la Información y el Conocimiento (SIC) y, con ello, el fomento de su diversidad creativa.

- Promover redes de cooperación y trabajo en equipo en torno a buenas prácticas y que aglutinen a ciudadanos y ciudadanas de zonas rurales, para que dispongan de un espacio donde participar y compartir puntos de encuentro de interés común.

- Propiciar alianzas cooperativas entre instituciones, asociaciones y organizaciones, basadas en la solidaridad rural y con la perspectiva de creación y puesta en valor de nuevas plataformas de desarrollo social, cultural y económico.

- Representar los intereses de los socios de la REDR ante las Administraciones Publicas, así como su presencia en Redes o Asociaciones de carácter supranacional.

- Aportar y dar traslado de las opiniones y proyectos que sobre el desarrollo rural partan de los socios de la REDR, ante los foros nacionales e internacionales donde se discuta y decida sobre el presente y el futuro del desarrollo rural.

- Cualquier otra finalidad que contribuya de forma directa al desarrollo en el ámbito geográfico de actuación de los socios de la REDR.

- Ofrecer alternativas de solución a problemas de las zonas rurales.

  • Nuestros principios

- Priorizar la atención a la población y al entorno del medio rural.

- Impulsar el intercambio de experiencias, la cooperación y la búsqueda de nuevas líneas de trabajo que sirvan para corregir las debilidades de las zonas rurales.

- Promover estrategias a largo plazo mediante las cuales la población se convierta en la auténtica protagonista de su desarrollo.

- Fomentar la aplicación de estrategias originales de desarrollo sostenible, integradas y de calidad.

- Aplicar todos los medios y herramientas que nos brinda el conocimiento y la tecnología actuales a los objetivos de ayuda y cooperación.

- Mantener el equilibrio adecuado entre los ideales y el necesario pragmatismo para su materialización.

  • Nuestras prioridades y áreas de actuación

1.- Conservación, protección y valorización del medio ambiente y el entorno rural, entendido no sólo como medio físico sino también como medio humano:

- Aumentar la conciencia pública y el conocimiento de los temas del medio ambiente.

- Implantar sistemas de gestión medioambiental.

- Proponer de un plan de acción encaminado a la potenciación de las prácticas ecológicas.

- Impulsar la aplicación de sistemas de gestión medioambiental en toda la actividad del medio rural.

- Proteger y defender el medio ambiente para detener el cambio climático y  proteger la biodiversidad.

- Realizar campañas de sensibilización contra aquellas actuaciones que dañan el medio ambiente, a la vez que se elaboran alternativas concretas y viables en cada uno de los ámbitos en los que desarrolla su actividad.

- Sensibilizar a la opinión pública ante el derroche energético, sin olvidar el fomento de las energías renovables, mediante campañas para concienciar a la población sobre la relación entre las pautas de consumo y los impactos ambientales y mediante denuncias del modelo consumista dominante en la sociedad en que vivimos.

- Conservación, protección y ordenación del medio ambiente en actividades tales como: recuperación de humedales, gestión agroambiental, conservación de fauna y flora, turismo y medio ambiente, nuevas tecnologías, etc.

- Fomentar la educación ambiental a través de cursos, seminarios, conferencias, intercambios juveniles, campos de trabajo y la edición de trabajos de investigación.

- Colaborar estrechamente con organizaciones, administraciones públicas y otras entidades aportando expertos técnicos y apoyo logístico.

- Favorecer el mantenimiento o restablecimiento de los hábitat y las especies amenazadas fundamentalmente con acciones que implican innovación tecnológica en el campo de la conservación de la naturaleza y la gestión del medio natural.

- Desarrollar iniciativas de difusión, dentro y fuera de la educación formal, de los principales problemas ambientales y sus causas, así como las posibles soluciones.

- Apoyar la recuperación de la capacidad de producción agraria dañada por desastres naturales y el establecimiento de medios de prevención adecuados.

- Potenciar los medios de producción medioambientalmente sostenibles, incluida la producción ecológica, las materias primas renovables, y la protección de la biodiversidad.

- Proteger los bosques, poner en marcha sistemas de prevención y recuperación forestal, cooperar para el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías en el sector forestal, y promover el uso sostenible de las tierras forestales.

2.- Apoyo a los sectores de población con mayores dificultades para el desarrollo en el medio rural: mujeres, jóvenes e infancia, personas con discapacidad y/o minusvalía, tercera edad, inmigrantes y refugiados,  y dependientes:

- Impulsar la interculturalidad entre los distintos sectores de población haciendo hincapié en aquellos en riesgo de exclusión social.

- Promocionar las actividades de ocio y tiempo libre, culturales, de conservación del patrimonio, de educación ambiental, deportivas y turísticas como instrumento para conseguir la integración social de estos grupos.

- Formar e informar a estos sectores en aquellas materias y/o actividades que ayuden a conseguir un desarrollo integral en el entorno rural que los rodea.

- Organizar campañas de sensibilización social en relación con estos colectivos y el mundo rural.

- Favorecer la inserción de colectivos de marginación socio-laboral.

- Fomentar y promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

MUJERES

Hasta ahora, en nuestro medio, la mujer ha sido y es el motor invisible de la economía y crecimiento de nuestros pueblos, por ello debemos:

- Aunar esfuerzos para poner en valor el papel vital que ha jugado en su entorno, y diseñar actuaciones que ayuden a romper estereotipos de ésta, para que incidiendo en un cambio de mentalidades y comportamientos se incremente la inclusión y participación de la mujer en el ámbito económico, político, social y cultural.

- Promocionar la mejora y defensa desde el punto de vista económico, social y cultural de las mujeres rurales, y al mismo tiempo reivindicar el protagonismo de la mujer en el desarrollo del mundo rural, propiciando su formación y facilitando su incorporación al difícil mercado laboral, a través de diferentes iniciativas.

- Desarrollar actividades de información, orientación al mercado laboral, formación en Nuevas Profesiones, Preformación, Técnicas de Búsqueda de empleo, programas de prácticas en empresas y formación ocupacional.

- Asesorar sobre la creación de empresas de mujeres, mediante el apoyo técnico a las iniciativas de autoempleo, la asistencia a proyectos empresariales, y el seguimiento y establecimiento de redes de mujeres empresarias.

JUVENTUD E INFANCIA

El objetivo principal es el de propiciar la participación de la juventud y la infancia en las zonas rurales en el desarrollo político, social, económico, cultural y deportivo de las diferentes regiones a través de:

- Promocionar el asociacionismo juvenil e infantil estimulando la creación y desarrollo de asociaciones y prestando el apoyo o asistencia que fuese requerido.

- Poner en marcha proyectos y actividades destinadas a jóvenes y niños, en ámbitos como la formación y ayuda al empleo, la educación en valores, el respeto al medio ambiente o la integración social.

- Realizar estudios, emisión de informes, promoción de campañas y otras actividades relacionadas con la problemática e interés juvenil e infantil, siendo una finalidad muy importante, el conocimiento permanente de lo que afecta a los jóvenes y a la infancia.

- Fomentar la comunicación, relación o intercambio entre las asociaciones juveniles e infantiles de las distintas comarcas y municipios.

- Participar en los Consejos y Organismos consultivos establecidos para el estudio de la problemática juvenil e infantil.

- Representar a la juventud y a la infancia en los todos aquellos foros que competan al papel de estos colectivos y el medio rural.

- Impulsar los valores de solidaridad, tolerancia y el espíritu de cooperación.

- Ofrecer propuestas formativas sobre temas que afectan e interesan a la gente joven y a los niños, a través de jornadas, encuentros, juegos y seminarios, organizar cursos y publicar materiales didácticos.

- Crear "semilleros" de empresas para la puesta en marcha de oficinas de orientación laboral para los jóvenes.

- Formar al voluntariado y dinamizar a los jóvenes a través de la difusión, la participación comunitaria y la apertura de nuevas líneas de investigación y coordinación.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y/O MINUSVALÍA

- Elevar el grado de integración social de las personas con discapacidad y/o minusvalía, a través de la accesibilidad y la eliminación de barreras (físicas y mentales) que son una limitación a las posibilidades de actuación de estas personas, que se añaden a la situación de desventaja objetiva de la que parten, impidiendo su participación plena en el curso ordinario de la vida social.

- Fortalecer la educación de las personas con discapacidad y/o minusvalía, ya que es un factor de suma importancia para el desarrollo personal que condiciona la posibilidad de acceder a otras vías de reconocida integración como es la del empleo.

- Prevenir la salud ya que el desarrollo personal y la plena participación social resultan imposibles si no se atienden las singularidades que las personas con discapacidad y/o minusvalía presentan en estos ámbitos.

- Acercar las oportunidades digitales (nuevas tecnologías y sociedad del conocimiento), pues estos factores están determinando y determinarán aún más la sociedad del futuro, de la que las personas con discapacidad y/o minusvalía no pueden quedar excluidas.

- Prestar atención especial a las mujeres con discapacidad y/o minusvalía, dado que este segmento no sólo es el más numeroso dentro del grupo de las personas con discapacidad, sino que también es el que sufre una mayor discriminación, pues al factor de relegación por minusvalía, se añade el de relegación por género, común en todas las esferas de nuestra sociedad.

- Promover el ocio y ocupar el tiempo de las personas con discapacidad psíquica, dando cauce a su participación social.

TERCERA EDAD

- Apoyar a la población mayor en su conjunto, ya que una de las características demográficas más acusable de las zonas rurales es el envejecimiento de la población.

- Aportar una solución para que se produzcan las condiciones necesarias que propicien la autonomía de este colectivos, además de favorecer su participación e integración en la comunidad.

- Promover, difundir, estimular, colaborar, participar y/o intervenir en toda clase de iniciativas, para mejora del desarrollo físico y mental de este colectivo y de todas sus facultades.

- Contribuir al crecimiento cultural de los mayores a través de la educación continua.

- Favorecer la consideración social de nuestros mayores en nuestra sociedad.

- Difundir la creencia de que el aprendizaje y las motivaciones son absolutamente imprescindibles para la conservación de la salud, tanto física como psíquica.

- Promover una cultura que reconozca y mantenga un papel activo de los mayores y su participación en el proceso de cambio que está experimentando nuestra sociedad.

- Posibilitar el contacto de mayores con las nuevas tecnologías y todos aquellos procesos de la modernización de la sociedad.

- Compartir su experiencia con otras agrupaciones afines en el ámbito de la Unión Europea para un común enriquecimiento entre sus miembros y colaboradores.

- Favorecer la solidaridad y el diálogo intergeneracional como forma de potenciar la integración social y la valoración de la sociedad.

INMIGRANTES Y REFUGIADOS

- Crear una sociedad más justa dónde el inmigrante y el refugiado sean considerados unos habitantes más, con sus derechos y obligaciones, reivindicando un tratamiento justo de estos colectivos residentes en las zonas rurales.

- Estudiar los problemas sociales con los que se enfrentan estos colectivos y proponer lazos de cooperación entre todos los habitantes rurales.

- Prestar servicios sociales específicos a estos colectivos: formación, orientación laboral, etc. para consolidar un modelo de integración social.

- Participar activamente en Foros relacionados con la inmigración y los refugiados y crear nuevos espacios de diálogo.

- Conciliar los nuevos inmigrantes rurales con los habitantes de estas zonas, promoviendo la diversidad cultural, la tolerancia y realizando acciones de intercambio de conocimiento.

PERSONAS DEPENDIENTES

- Reivindicar ante las Administraciones la situación de dependencia de muchas personas que viven en el mundo rural.

- Promocionar la autonomía personal y la atención de las personas en situación de dependencia.

- Desarrollar actividades que permitan atender a las personas en situación de especial vulnerabilidad y que necesitan apoyos para poder ejercer sus derechos, acceder a los bienes sociales y desarrollar las actividades más esenciales de la vida diaria.

- Promover la calidad, sostenibilidad y accesibilidad de los servicios de atención a la dependencia en las zonas rurales.

- Fomentar la cooperación interadministrativa y la participación de la iniciativa privada en los servicios de atención de dependencia.

3.- Utilización de las nuevas tecnologías en el medio rural:

- Establecer y propiciar el uso generalizado de Internet y de los teleservicios a la población, facilitando el acceso y la formación de toda la población a la red.

- Apoyar a la creación de infraestructuras que facilite el acercamiento de las nuevas tecnologías al mundo rural.

4.- Valorización de los productos locales y los recursos culturales del medio rural:

- Establecer acciones colectivas que favorezcan nuevos sistemas de promoción y comercialización, así como el establecimiento de sistemas y marcas de calidad.

- Realizar acciones de conocimiento y promoción de las zonas rurales, teniendo en cuenta el patrimonio cultural y, en la medida de lo posible, promocionando y potenciando la difusión del mismo.

- Potenciar la producción y la valorización de los productos agroalimentarios y artesanos del medio rural.

- Desarrollar y mejorar las infraestructuras relacionadas con el desarrollo de la producción agraria.

- Recuperar y conservar la identidad cultural, promoviendo la creatividad y difusión de los bienes culturales, patrimoniales y arquitectónicos que configuran el paisaje rural.

5.- Cooperación con países en vías de desarrollo:

- Contribuir al progreso social, cultural, institucional y político de los países en vías de desarrollo.

- Fomentar la cooperación científica con los países en vías de desarrollo.

- Ejercer acciones solidarias con aquellos que necesiten el soporte y la ayuda de la REDR.

- Realizar actividades de investigación, formación y puesta en marcha de proyectos de cooperación en países en vías de desarrollo.

- Organizar y coordinar proyectos relacionados con los principios y objetivos de la cooperación internacional para el desarrollo.

- Fomentar la solidaridad entre los distintos pueblos y naciones.

- Recabar ayuda material y económica para lograr la mejor consecución de los fines anteriores.

- Intercambiar experiencias.

- Ofrecer un espacio de encuentro entre diferentes colectivos.

6.- Fomento del turismo del medio rural:

- Fomentar, desarrollar, promocionar y ordenar el alojamiento turístico en el medio rural.

- Custodiar y fomentar un modelo de turismo sostenido en el tiempo.

- Establecer relaciones con Federaciones, Asociaciones o Corporaciones de similares fines para intercambio de iniciativas, proyectos y servicios.

- Coordinar y aunar las gestiones y actuaciones que puedan resultar beneficiosas para el mundo rural.

7.- Promoción y apoyo de las pequeñas empresas en el medio rural:

- Apoyar el desarrollo de las Pymes en el mundo rural a través de la capacitación y el intercambio de experiencias.

- Promover un intercambio de experiencias sobre la aplicación de políticas e instrumentos públicos de apoyo a las Pymes.

- Revisar las experiencias acumuladas en el desarrollo de programas de Pymes.

- Revisar los avances del programa e identificar y apoyar los esfuerzos que vienen realizando las instituciones regionales públicas y privadas, nacionales y locales para el fortalecimiento de las Pymes.

- Conocer los avances en el uso  de instrumentos de apoyo financiero orientado hacia las garantías y otras modalidades de apoyo financiero a las Pymes y promover su aplicación.

- Difundir las diversas estrategias y modalidades de cooperación entre las Pymes como forma de potenciar las capacidades individuales. 

- Formación y entrenamiento  de representantes de instituciones intermedias de apoyo del sector público y privado de la región. 

- Fortalecer las oportunidades de acceso a información pertinente sobre Pymes, facilitando el conocimiento de forma ordenada de la multiplicidad de redes de información.

- Prestar servicios a las empresas con la finalidad de impulsar y facilitar su proyección internacional.

- Diseñar y ejecutar programas de promoción comercial en mercados exteriores.

- Elaborar y difundir información sobre la oferta de productos.

- Promover la capacitación técnica de las Pymes y la formación de los profesionales.

- Impulsar los proyectos de inversión, implantación industrial o de cooperación empresarial.

- Facilitar y promover el intercambio de opiniones, análisis, información y el debate en torno al sector de las micro, medianas y pequeñas empresas.

- Sumar los esfuerzos de todas las instituciones representadas para crear un espacio y una agenda común, en el entendimiento de que ellas canalizan las demandas y necesidades de las micro, pequeñas y medianas empresas.

8.- Educación, formación y empleo en los entornos rurales:

- Apoyar la definición, formulación e implementación de políticas y estrategias de formación permanente, educación y empleo para el mundo rural.

- Dinamizar y promover la participación de todos los agentes educativos y de empleo en los territorios, defendiendo activamente la educación sin barreras para todos y el derecho a tener un empleo digno.

- Coordinar acciones con programas y proyectos que desarrollan otras entidades, con el objetivo de aprovechar y maximizar los recursos de las zonas rurales.

- Promover nuevas líneas de formación, educación y empleo relacionadas con las nuevas tecnologías.

- Incentivar la formación de emprendedores en el mundo rural.

- Diseñar y desarrollar proyectos educativos, formativos y de empleo para los habitantes de las zonas rurales.

- Producir y difundir materiales bibliográficos, estudios y experiencias.

- Desarrollar formación de especificación para los técnicos y profesionales que desempeñan su trabajo en el medio rural.

- Plantear y compartir estrategias de educación rural.

- Aprovechar los recursos rurales hasta ahora desaprovechados ya que puestos en valor podrían ser nuevos yacimientos de empleo.

- Buscar enfoques estratégicos para la mejora de la competitividad, creación de empleo e innovación.

9.- Fomento del voluntariado en el medio rural:

- Fomentar la acción voluntaria y el compromiso solidario para mejorar la vida colectiva rural.

- Generar una acción voluntaria, organizada, sistemática y sinérgica con todos los actores del medio rural.

- Incentivar la gratuidad, atraer y canalizar talento, generar conocimiento y habilidades para el bien común y promover una cultura de Responsabilidad Social en las personas.

10.- Mejora de los servicios básicos de la población rural:

- Trabajar por una mejora en la calidad de vida y la diversificación de la economía         rural en las zonas rurales.

- Apoyar medidas que garanticen la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.

- Impulsar la implantación de servicios básicos para la población rural y las correspondientes infraestructuras: transportes, telecomunicaciones, sanidad, educación, vivienda, etc.

11.- Mejora de la Gobernanza en las zonas rurales:

- Impulsar el concepto de compartir las decisiones que afectan a todos entre lo público y lo privado.

- Fortalecer el tejido asociativo preparando a la sociedad rural al fenómeno de la globalización.

- Desarrollar la capacidad local de cooperación, fomentar la cooperación entre el sector público y el privado, y fomentar la innovación en pro de una mejora de la gobernanza.

- Impulsar la creación de redes de partenariados locales entre los sectores públicos y privados.

12.- Fortalecimiento de zonas rurales con dificultades especiales:

- Mejorar las condiciones para hacer más atractiva la vida en el medio rural.

- Poner en marcha programas de lucha activa contra la despoblación.

- Potenciar la agricultura y el desarrollo rural ya que juegan un papel clave en la prevención de la despoblación y del abandono de tierras en muchas áreas rurales.

- Hacer visible el papel decisivo que desempeñan los territorios de montaña como reserva de la biodiversidad, diversidad cultural, recursos básicos y productos de calidad que benefician a toda la sociedad.

- Creación, promoción y seguimiento de proyectos innovadores en zonas rurales con dificultades específicas.

- Enriquecer los debates y participar en Foros que traten de estas problemáticas contribuyendo con reflexiones, experiencias y estudios.

- Impulsar el diseño de políticas integrales capaces de garantizar la protección de las zonas rurales con dificultades específicas como vía para garantizar la equidad, el bienestar y el desarrollo equilibrado.

Las actividades que desarrolle está Asociación serán, de acuerdo con la legalidad vigente, las necesarias para la consecución de los objetivos señalados anteriormente.

Artículo 6.- La REDR se regirá por los presentes Estatutos y por las Normas de Régimen Interior que sean propuestas por la Junta Directiva y aprobadas por la Asamblea General.

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Capítulo II. De los socios

Artículo 7.- Socios de la REDR. Serán socios de la REDR los Grupos de Desarrollo Rural de cualquiera de las Comunidades Autónomas del Estado Español, integrados en Redes Territoriales, que fomenten o desarrollen actividades dentro de su ámbito, acordes con los fines de la REDR. Las Redes Territoriales estarán formadas por la asociación de Grupos de Acción Local o Centros de Desarrollo Rural que actúen en las diferentes Comunidades Autónomas del Estado Español. A los mismos efectos de computo solo se tendrá en cuenta a una RED por territorio, teniendo prioridad aquellas Redes Territoriales que desarrollen los programas más afines a esta Asociación. Los Grupos de Desarrollo Rural podrán agruparse y delegar su participación y representación a través de su Red Territorial correspondiente, para lo cual deberán comunicarlo formalmente a la REDR.

Dentro de la asociación, existirán las siguientes clases de socios:

        a) socios de la REDR antes reseñados

        b) socios Honorarios de la REDR que serán aquellas personas a las que la Asamblea General conceda esta distinción en virtud de sus méritos.

        c) socios Protectores que serán aquellas personas o entidades que en atención a las aportaciones económicas voluntarias a la REDR, contribuyan de manera especial a su mantenimiento, o al cumplimiento de sus fines sociales.

        d) Socios colaboradores, los no incluidos en los anteriores.

Artículo 8.- Incorporación de socios. Quienes deseen pertenecer a la REDR, deberán presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva, acreditando su carácter de Grupo de Acción Local o Centro de Desarrollo Rural, resolviéndose en la primera reunión que celebre. La Junta Directiva dará cuenta de las altas en la primera sesión de la Asamblea General de la REDR.

Artículo 9.-Derechos. Son derechos de los socios de la REDR los siguientes:

1. Asistir a las reuniones de la Asamblea General de la REDR con derecho a voz y voto, salvo en los casos en que se haya delegado expresamente en su Red Territorial. Igualmente los socios podrán delegar su voto en otro miembro de la Asamblea, siempre que tal delegación se realice por escrito y por acuerdo del órgano competente del Grupo que realiza la delegación.

2. Elegir y ser elegidos para puestos de representación o ejercicio de cargos directivos.

3. Ejercer la representación que se le confiera en cada caso.

4. Disfrutar de todos los servicios y actividades de la REDR, según las normas y disposiciones reglamentarias.

5. Solicitar y recibir información sobre las actividades, administración y gestión de la REDR.

6. A ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias en su contra y a ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga la sanción.

7. A impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación que estime contrarios a la ley o a los estatutos. Lo socios Honorarios y los socios Protectores gozarán de los mismos derechos arriba referidos, exceptuando el derecho de voto en las reuniones de la Asamblea General. El título de Socio Honorario dará a su titular el derecho de ocupar un lugar de preferencia en los Actos Oficiales de la Asociación o ser mencionado como titular de tal distinción.

Artículo 10.-Deberes. Son deberes de los socios de la REDR, de los socios Honorarios de la REDR y de los socios Protectores de la REDR los siguientes:

1. Compartir las finalidades de la asociación y colaborar en la consecución de las mismas.

2. Ajustar su actuación a las normas estatutarias y disposiciones reglamentarias promulgadas.

3. Cumplir los acuerdos de la Asamblea General y las normas que establezca la Junta Directiva.

4. Satisfacer puntualmente las cuotas y cualquier obligación pecuniaria que se establezcan.

5. Prestar la colaboración necesaria para el buen funcionamiento de la REDR.

Artículo 11.- Pérdida de la condición de socio. La condición de socio se pierde por las siguientes causas:

1. Por voluntad propia comunicada por escrito a la Junta Directiva dirigido a la Presidencia de la REDR.

2. Por la disolución del asociado.

3. Por el no cumplimiento de las obligaciones estatutarias. Para ello la Junta Directiva adoptará acuerdo de instrucción del correspondiente expediente de expulsión, basado en una falta grave, con las garantías establecidas para este procedimiento en la legislación que le es de aplicación.

4. En caso de incumplimiento de las obligaciones sociales por parte de un socio, la Junta Directiva podrá acordar la suspensión de forma temporal de su condición de socio, la cual podrá ser recuperada una vez restablecidas las obligaciones incumplidas.

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Título Primero: Órganos de Gobierno y sus Funciones

Capítulo III. Órganos de Gobierno

Artículo 12.- Asamblea General.La Asamblea General es el órgano supremo de expresión y decisión de la REDR y estará constituida por: Un representante de cada uno de los Grupos de Acción Local pertenecientes a las Redes Territoriales. Los socios de la REDR que no estén asociados en Red Territorial, dispondrán de un plazo máximo de dos años, desde la aprobación de estos Estatutos por la Asamblea General, para constituirse en Red Territorial y acreditarla ante la REDR. La Gerencia de la REDR con voz pero sin voto. Los socios Honorarios y Protectores con voz pero sin voto.

Artículo 13.- La Junta Directiva. La Junta Directiva es el órgano de expresión y representación de la REDR entre Asambleas, y estará constituida por: Un máximo de un/a representante de cada Red Territorial y un representante de los grupos cuyos programas tienen el carácter de interregional, los/as cuales dispondrán del correspondiente voto ponderado del número de grupos de esa Comunidad Autónoma que representen. Los miembros de la Junta Directiva serán nombrados por las respectivas Redes Territoriales, por un periodo de cuatro años. Los nombramientos podrán ser revocados por las mismas en virtud de lo previsto en sus respectivos estatutos. La Junta Directiva elegirá entre sus miembros y en la primera reunión que celebre los siguientes cargos: Presidente/a, dos Vicepresidentas/es con orden preferente, Secretario/a, Tesorero/a. Los cargos de la Junta Directiva podrán ser retribuidos. Los cargos de la Junta Directiva tendrán una duración de cuatro años, pudiendo ser reelegidos sus miembros al finalizar el mandato. La elección de los cargos de la Junta Directiva requerirá una mayoría cualificada de 3/5 de los votos representados y presentes en la sesión. Los citados cargos se constituirán en Comisión Permanente de la REDR. Así como son nombrados, los cargos de la Junta Directiva, podrán ser revocados por la misma para lo que se requerirá de la misma mayoría cualificada que para su elección. Los miembros de la Junta Directiva y los cargos correspondientes deberán tomar posesión como máximo treinta días después de la conclusión del mandato de la anterior Junta Directiva. Ningún socio no nominado podrá asistir a las Juntas Directivas, salvo que actúe y lo acredite mediante la correspondiente delegación, que formará parte de la correspondiente acta.

La Junta Directiva también podrá asesorarse sobre el cumplimiento del plan de trabajo y de los aspectos técnicos de la REDR a través de los Técnicos y los Gerentes de los Grupos. Los Gerentes de las Redes Regionales podrán ser convocados a petición del Gerente y, como mínimo dos veces al año. En ningún caso los Gerentes Regionales se entienden como órganos de gobierno de la REDR.

Artículo 14.- La Comisión permanente. La Comisión Permanente de la Junta Directiva es el órgano de expresión y representación de la REDR. Estará Compuesta por: El/ La Presidente/a, los/as Vicepresidentes/as, el/la Secretario/a, y el/la Tesorero/a. Para la designación de los miembros de la Comisión Permanente, se presentará una candidatura compuesta por cinco miembros de la Junta Directiva con derecho a voto, encabezada por el Presidente, dando cuenta a los asociados de forma inmediata. Será miembro de la Comisión Permanente con voz pero sin voto la Gerencia de la REDR.

Artículo 15.- El/la Presidente/a. El/la Presidente/a de la REDR será designado por la Junta Directiva de entre sus miembro con derecho a voto.

Artículo 16.- Los/las Vicepresidentes/as. Los/las El Vicepresidentes/as de la REDR serán elegidos por la Junta Directiva de entre sus miembros con derecho a voto. Se designarán Vicepresidente/a Primero/a y Segundo/a.

Artículo 17.- El/la Secretario/a. El/La Secretario/a de la REDR será elegido por la Junta Directiva de entre sus miembros con derecho a voto.

Artículo 18.- El/la Tesorero/a. El/La Tesorero/a de la REDR será elegido por la Junta Directiva de entre sus miembros con derecho a voto.

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Capítulo IV. Funciones de los Órganos de Gobierno

Artículo 19. -De la Asamblea General. La Asamblea General es soberana en todo lo relacionado con la REDR y sus acuerdos son obligatorios para todos los socios, presentes o no en la misma en el momento de su celebración. Son funciones exclusivas de la Asamblea General las siguientes:

1. La modificación de los Estatutos de la REDR.

2. El control y supervisión de la actividad y gestión de la Junta Directiva.

3. Aprobar los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la REDR.

4. Aprobar la memoria de gestión anual que le sea presentada por la Junta Directiva.

5. La ratificación de la propuesta de miembros de la Comisión permanente de la REDR.

6. Aprobación del Plan de Trabajo Anual que permita el cumplimiento de los fines de la REDR.

7. El establecimiento de las cuotas anuales a satisfacer por los socios, tanto ordinarias como extraordinarias.

8. La apertura de expediente de expulsión de socios a propuesta de la Junta Directiva.

9. La aprobación del Reglamento de régimen interior de la REDR, a propuesta de la Junta Directiva.

10. La fusión, disolución y liquidación de la REDR.

Los acuerdos anteriores requieren adoptarse por mayoría simple, con excepción de los apartados 1 y 10 de este articulo, que requerirán 3/5 de los votos representados.

Artículo 20.- De la Junta Directiva. Los acuerdos de la Junta Directiva son obligatorios para todos los socios. La Junta Directiva de la REDR posee las siguientes facultades:

1. Ostentar la representación de la REDR y llevar a cabo la dirección y administración de la misma de la manera más amplia que reconozca la Ley, y cumplir las decisiones adoptadas por la Asamblea General.

2. Adoptar los acuerdos necesarios para la comparecencia ante Organismos Públicos, para el ejercicio de toda clase de acciones legales y para interponer los recursos pertinentes

3. Proponer a la Asamblea General el establecimiento de las cuotas a satisfacer por los socios.

4. Proponer la convocatoria de la Asamblea General, tanto ordinarias como extraordinarias.

5. Confeccionar los Presupuestos anuales de la REDR para su aprobación por la Asamblea General, y presentar el Balance y estado de cuentas anuales para su aprobación por la Asamblea General.

6. Elaborar la memoria anual de actividades y someterla para su aprobación por la Asamblea General.

7. Elaborar el Plan de Trabajo Anual que permita el cumplimiento de los fines de la REDR.

8. Inspección del estado contable y velar por el buen funcionamiento de los servicios de la REDR.

9. Realizar las gestiones necesarias para la obtención de ayudas y subvenciones para la REDR.

10. Aprobar el ingreso de nuevos socios de acuerdo a lo previsto en los Estatutos, dando cuenta a la Asamblea General.

11. Proponer el reglamento de régimen interior para su aprobación por la Asamblea General.

12. Contratar a los empleados que pueda tener la Asociación.

13. Resolución de los imprevistos que surjan no contenidos en los presentes Estatutos, dando cuenta de ello en la primera reunión de la Asamblea General.

14. Cualquier facultad que le sea delegada expresamente por la Asamblea General, o cualquier otra que no esté expresamente atribuida a la Asamblea General.

Artículo 21.- De la Comisión permanete. La Comisión Permanente es el órgano encargado de la gestión cotidiana de la REDR. De cualquier decisión que adopte deberá dar cuenta a la Junta Directiva siguiente. La Junta Directiva podrá delegar en la Comisión Permanente aquellas competencias que considere necesario que se ejerzan en el periodo de tiempo entre Juntas. Son facultades de la Comisión Permanente las siguientes:

1. La convocatoria de la Junta Directiva.

2. La apertura de cuentas corrientes y libretas de ahorro en cualquier entidad bancaria, solicitud de préstamos, aperturas de avales, operaciones con activos y cualquier otra operación financiera de la REDR.

3. La disponibilidad de fondos con al menos la firma de tres de sus miembros, debiendo figurar siempre la del Tesorero/a de la REDR y la del Presidente/a.

4. La realización de las propuestas de contratación de personal a la Junta Directiva de la REDR.

5. La representación de la REDR entre Juntas Directivas.

Artículo 22.- De la Presidencia. El/La Presidente/a de la REDR, ejercerá como tal en la Asamblea General, en la Junta Directiva y en la Comisión Permanente. Es el órgano unipersonal de gobierno y representación de la REDR. Sus funciones son las siguientes:

1. La dirección y representación legal de la REDR por delegación de la Asamblea General y la Junta Directiva, así como la dirección y gestión de los recursos de la REDR.

2. La presidencia y dirección de los debates en la Asamblea General, La junta Directiva y la Comisión Permanente, así como su suspensión por causas justificadas.

3. La realización de las convocatorias de la Asamblea General, la Junta Directiva y la Comisión Permanente, estableciendo el Orden del Día de las mismas.

4. Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos.

5. Autorizar con su firma debidamente acreditada, la disponibilidad de fondos por parte de la Gerencia.

6. Visar las actas y las certificaciones confeccionadas por la Secretaría de la REDR.

7. Las atribuciones propias que le sean inherentes del cargo y las que específicamente le deleguen la Asamblea General y la Junta Directiva.

8. Proponer a la Junta Directiva los/as Vicepresidentes/as, al Secretario/a y al Tesorero/a El/La Presidente/a no podrá hacer una delegación general de sus atribuciones, pero si de cada una de ellas en cada caso particular, a excepción de la señalada con el número 5 de este artículo.

Artículo 23.- De las Vicepresidencias. Su competencia es la de sustituir al Presidente/a en caso de ausencia o enfermedad o cualesquiera otra circunstancia que lo requiera.

Artículo 24.- De la Secretaría. El/La Secretario/a de la REDR tendrá encomendada la custodia de los documentos, la llevanza del Libro de Actas, del Libro de Socios y del Registro de Documentos, dará fe de los acuerdos adoptados en Asamblea General, Junta Directiva y Comisión Permanente, y librará las certificaciones que sean necesarias con el Visto Bueno de la Presidencia.

Artículo 25.- De la Tesorería. El/La Tesorero/a es el encargado/a de controlar el buen funcionamiento económico de la REDR. Será el encargado/a de elaborar el presupuesto anual y los balances, con el fin de someterlos a la Asamblea General.

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Título Segundo: Del funcionamiento

Capítulo V. Funcionamiento de los Órganos de Gobierno

Artículo 26.- La Asamblea General.

1.La Asamblea General se reunirá con carácter ordinario dos veces al año. Una siempre en el último trimestre de cada año, para presentar los presupuestos del ejercicio siguiente, así como el plan de trabajo para el año. Otra en el segundo trimestre del año para presentar el balance de cuentas, y la memoria del ejercicio anterior. Su convocatoria se realizará con una antelación de15 días naturales por parte del Presidente a propuesta de la Junta Directiva y remitiendo siempre el Orden del Día establecido. En primera convocatoria se precisa la mitad mas uno de los socios para la valida constitución de la Asamblea General, y en segunda convocatoria, que se celebraría siempre media hora más tarde, quedaría constituida validamente fuese cual fuese la asistencia. Los socios podrán delegar su voto en otro miembro de la Asamblea, siempre que tal delegación se realice por escrito y por acuerdo del órgano competente del Grupo que realiza la delegación.

2.La Asamblea General con carácter extraordinario será convocada por el/la Presidente/a, o a solicitud de un tercio de los socios o por dos tercios del voto ponderado de los miembros de la Junta Directiva. En este caso el/la Presidente/a deberá convocarla en el plazo máximo de treinta días naturales contados a partir del de entrada en el Registro de documentos de la REDR de la solicitud de convocatoria. En estas sesiones extraordinarias solo podrán tratarse, deliberar y adoptar acuerdos exclusivamente sobre las materias motivo de la convocatoria extraordinaria.

3.Finalizada la celebración de la Asamblea General, tanto ordinaria como extraordinaria, se procederá a la lectura del acta por parte del/la Secretario/a para su aprobación si procede en ese mismo acto.

Artículo 27.- La Junta Directiva.

1. La Junta Directiva de la REDR se reunirá con carácter ordinario al menos en 3 ocasiones al año. Implicará la obligación para los miembros de la Junta Directiva a asistir de manera presencial a las mismas, pudiendo asistir en remoto -previa justificación-, siempre que su asistencia telemática no se produzca de manera consecutiva. Asimismo, con carácter extraordinario el Presidente podrá convocar y celebrar en remoto una reunión extraordinaria y/o urgente de Junta Directiva, con 48 horas de antelación. La Junta Directiva será convocada por el/la Presidente/a con una antelación mínima de 7 días naturales, expresando en la convocatoria el Orden del Día a tratar. Con carácter extraordinario se convocará a petición del/la Presidente/a o por un tercio de los miembros de la misma. En este último caso deberá celebrarse en el plazo de 15 días naturales contados desde el de entrada de la solicitud de convocatoria en el Registro de documentos de la REDR.

2. Los acuerdos de Junta Directiva se adoptarán por consenso siempre que este sea posible. En caso de no alcanzarse este, se procederá a la votación con el voto ponderado de la representación que cada miembro de la Junta Directiva ostente, siendo necesaria la obtención de al menos 3/5 de los votos representados presentes. En caso de que la propuesta no obtuviera la mayoría requerida, la propuesta quedaría sobre la mesa para otra Junta Directiva o sería debatida en Asamblea General extraordinaria convocada al efecto por la Presidencia de la REDR.

Artículo 28.- La Comisión Permanente.

La Comisión Permanente se reunirá todos los meses, siendo convocada por el/la Presidente/a y estableciendo un Orden del Día. Por el/la Secretario/a se levantará acta de aquellos acuerdos que por su entidad así lo requieran para conocimiento de los socios de la REDR.

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Título III: Administración del Patrimonio y Recursos Económicos

Capítulo VI: Recursos Económicos

Artículo 29.- Para la consecución de sus fines, la REDR contará con los siguientes recursos:

1. Las rentas que genere su patrimonio.

2. Las aportaciones anuales de cada socio de la REDR, tanto ordinarias como extraordinarias.

3. Las donaciones de personas físicas o jurídicas o entidades civiles.

4. Las subvenciones o aportaciones de las Administraciones Publicas.

5. Los fondos cuya gestión le sea encomendada dentro de los programas en los que participe.

6. Las rentas de las actividades mercantiles y empresas en las que eventualmente forme parte, en las condiciones señaladas en la Ley Orgánica 1/2002.

7. Los precios a cobrar por las actividades propias de la REDR.

8 Las herencias y legados, en las condiciones señaladas en la Ley Orgánica 1/2002. Las aportaciones anuales de cada socio de la REDR a que se refiere el apartado 2 de este articulo, serán hechas efectivas a la REDR por las Redes Territoriales donde estas se encuentren legalmente constituidas, en nombre de la totalidad de los grupos de esa Comunidad Autónoma que pertenezcan a la REDR. Durante el periodo de dos años establecido en los presentes Estatutos para la constitución de la Red Territorial, en nombre de aquellos grupos de acción local de una Comunidad Autónoma,, que no se hayan constituido como Red Territorial, efectuará el pago de la aportación anual a que se refiere el apartado 2 de este articulo, el grupo que halla sido designado por los mismos como representante en la Junta Directiva de la REDR a que se refiere el artículo 13 de los presentes Estatutos.

Artículo 30.- La REDR no cuenta con patrimonio fundacional. En caso de constituirse un patrimonio, su ampliación se realizará de acuerdo con lo dispuesto en los presentes Estatutos, en la Ley Orgánica 1/2002 y en la normativa de desarrollo de la misma. La asociación llevará una contabilidad que permita obtener una imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, así como las actividades realizadas y efectuará un inventario de sus bienes, siendo la fecha de cierre del ejercicio a 31 de diciembre de cada año.

Artículo 31.- Los claveros de la REDR serán los miembros de la Comisión Permanente, estableciéndose por la Junta Directiva los criterios para el manejo de los fondos y las autorizaciones correspondientes.

Artículo 32.- Los gastos, los pagos, la contabilidad, el presupuesto, la cuenta general, así como los documentos que establecen los presentes Estatutos y cuantos dispone la Ley Orgánica 1/2002, serán intervenidos por el/la Tesorero/a, que podrá ayudarse de un/a técnico habilitado legalmente para ello.

Artículo 33.- En caso de que la REDR deba someterse a una auditoria externa, la Asamblea General, una vez adoptado acuerdo favorable de la mayoría de los socios, podrá encomendarse su realización a profesionales legalmente autorizados para tal función auditora.

Artículo 34.- Si en el desarrollo de una actividad de la REDR se comprobara que pudieran derivarse perdidas económicas no previstas para la misma, se suspenderá cautelarmente su ejecución, replanteándose su conveniencia.

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Título Final. Modificación, Fusión, Disolución y Liquidación

Capítulo VII. Modificación, Fusión, Disolución Y Liquidación

Artículo 35.- La modificación de los Estatutos de la REDR, se realizará cuando ello se estime conveniente para el mejor logro de sus fines o cuando no pueda actuar adecuadamente con arreglo a los mismos. Esta modificación se realizará por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, siendo preciso para ello el quórum establecido en los presentes Estatutos.

Artículo 36.- Por acuerdo de la Asamblea General, y oída la Junta Directiva de la REDR, podrá proponerse la fusión de la REDR con otra u otras asociaciones cuyos fines sean similares, dentro o fuera de su ámbito territorial.

Artículo 37.- Serán causas de disolución de la REDR:

1. Cuando sea imposible la realización de los fines de la misma, sin perjuicio de lo previsto en los artículos 35 y 36 de estos Estatutos.

2. Cuando resulte de la fusión a que se refiere el articulo 36 de estos Estatutos.

3. Cuando se hubieran realizado íntegramente los fines para los que se constituyo.

4. Cuando concurra cualquier otra causa establecida por las Leyes.

Artículo 38.- Acordada la disolución de la REDR, la Asamblea General procederá a la designación de una Comisión Liquidadora que estará compuesta por el/la Presidente/a, el/la Tesorero/a, y dos socios designados por la propia Asamblea General, fijándose por esta Comisión el haber resultante si lo hubiere. Los bienes inmuebles que hayan aportado los socios le revertirán. Los bienes cedidos en uso por los socios le revertirán. El resto del haber resultante se donará a una o más entidades legalmente constituidas y que posean idénticos o parecidos fines a los de la REDR.

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Disposición adicional primera

A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, la REDR se dirigirá a las Administraciones oportunas para promover el reconocimiento de los beneficios fiscales que le correspondan.

Disposición adicional segunda

Si en el ámbito territorial de la REDR, se autoexcluyera uno de sus socios, este podrá recuperar los inmuebles que hubiera cedido a la REDR, pero estas recuperaciones quedarían en suspenso siempre que impidan o estorben al cumplimiento de los fines de la REDR, no produciéndose nunca antes de que la REDR haya encontrado solución sustitutoria. La REDR dispondrá de un periodo máximo de un año para la devolución del inmueble pudiendo el socio propietario del mismo devengar renta por el uso del mismo durante este tiempo.

Disposición adicional tercera

El personal técnico al servicio de la REDR, que tenga encomendada la emisión de informes, previa a la toma de decisiones por parte de la Asamblea General o de la Junta Directiva, podrá hacer constar en los expedientes los reparos legales que a su juicio tuvieran las decisiones a adoptar.

Disposición adicional cuarta

En el caso de las Comunidades Autónomas que no tengan legalmente constituida una Red Territorial de grupos, los socios de la REDR de dicha Comunidad, deberán nombrar, entre ellos, un representante en la Junta Directiva. Este ostentará la representación con el voto ponderado del número de grupos que represente.

Disposición final primera

En lo no establecido en los presentes Estatutos se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, y normativa que la desarrolle o sustituya en su caso, en los Códigos Civil, Mercantil y legislación general, que será normativa supletoria.

Disposición final segunda

Los presentes Estatutos entrarán en vigor el día siguiente a su aprobación por la Asamblea General de la Red Española de Desarrollo Rural.

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