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La Comunitat Valenciana publica una nueva convocatoria de ayudas LEADER

28/12/2018 Área: Noticias de los Grupos y Redes Fuente: Generalitat Valenciana

La Comunitat Valenciana ha publicado una nueva convocatoria de ayudas LEADER en la región. La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha convocado las ayudas de apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo, de los grupos de acción local LEADER 2014-2020, financiadas por FEADER, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, gestionadas por la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agrícola Común, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural de la Generalitat Valenciana, y cuyas bases han sido publicadas mediante la citada Orden 13/2018.

Descarga aquí la RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2018, del director de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria (AVFGA), por la que se convocan las ayudas previstas en la submedida 19.2 del Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, Apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo, de los Grupos de Acción Local LEADER 2014-2020. Segunda ronda de presentación de proyectos. [2018/11953]

Visto lo dispuesto en la Orden 13/2018, de 10 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural (DOGV 8278, 20.04.2018), por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas previstas en la submedida 19.2 del Programa de desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020, «Apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo», de los grupos de acción local LEADER 2014-2020.

Y en virtud de las facultades que me confieren el artículo 160.4.b de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda, del sector público instrumental y de subvenciones, y el artículo 13.1.h del Decreto 123/2006, de 8 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, en su redacción vigente, resuelvo:


Primero. Convocatoria
Convocar las ayudas de apoyo para la realización de operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo, de los grupos de acción local LEADER 2014-2020, financiadas por FEADER, en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, gestionadas por la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Agrícola Común, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural de la Generalitat Valenciana, y cuyas bases han sido publicadas mediante la citada Orden 13/2018.



Segundo. Objeto y ámbito

1. El objeto de las subvenciones previstas en la presente convocatoria, reguladas en la Orden 13/2018, es la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local participativo (en adelante, EDLP) en el período 2014-2020, de conformidad con las disposiciones aplicables a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (en adelante, FEADER) y al Programa de desarrollo rural de la Comunitat Valenciana 2014-2020 (en adelante, PDR-CV 2014-2020).

2. Las ayudas LEADER incluidas en la presente convocatoria se enmarcan en la operación 19.2.1 «Implementación de las operaciones conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo» de la submedida 19.2. «Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo» de la medida 19 «Apoyo para el desarrollo local de LEADER (DLP, desarrollo local participativo)» del PDR-CV 2014-2020, que contempla actuaciones dirigidas a fomentar la creación de empleo, la diversificación económica, la innovación, la conservación y mejora medioambiental, y el desarrollo económico y social del medio rural valenciano.

3. Las actuaciones objeto de las ayudas de la presente convocatoria son las establecidas en el anexo II de la Orden 13/2018 y la regulación de las mismas y sus condiciones están contempladas en los artículos 7 y 8 así como en el citado anexo de la referida orden.

4. Los regímenes de ayuda previstos en la submedida indicada en el apartado 2 se aplicarán por los Grupos de Acción Local LEADER 2014-2020 en los municipios de la Comunitat Valenciana, en base a las EDLP seleccionadas, según lo establecido en las Resoluciones de 19 de julio y de 2 noviembre de 2017 de la directora general de Desarrollo Rural y Política Agraria Común y conforme a la Orden 5/2016, de 11 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se convoca y regula la selección de los Grupos de Acción Local LEADER 2014-2020 y de las estrategias de desarrollo local participativo.

5. Cada Grupo operará en el conjunto de municipios de la zona de actuación de su estrategia de desarrollo local participativo.

Las zonas y los municipios en los que se aplicará el enfoque LEADER así como el grupo seleccionado para actuar en los mismos, se contemplan en el anexo I de la Orden 13/2018.



Tercero. Financiación de las ayudas

1. Las ayudas incluidas en la presente convocatoria estarán financiadas por el FEADER, la Generalitat Valenciana y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según consta en el PDR-CV 2014-2020, del que forman parte.

2. La dotación presupuestaria se hará con cargo a la Sección 12, Entidad 91, Agencia Valenciana de Fomento y Garantía Agraria, capítulo VII, línea SO833000, hasta un importe máximo de 11.000.000 de euros, con la siguiente distribución de anualidades:



2018 2019 2020

2.000.000 euros 8.000.000 euros 1.000.000 euros







3. La distribución de los fondos por zona y Grupo de Acción Local es la siguiente:

Zona Rural LEADER 1. Maestrat-Plana Alta Leader 1420: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 2. Almaesports Leader: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 3. Asociación Para el Apoyo al Desarrollo Integral de las Comarcas de Interior (@DICI): 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 4. Asociación Palancia-Mijares 14/20: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 5. Grupo de Acción Local Castellon Sur 14-20: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 6. Asociación Desarrollo Rural Turia-Calderona: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 7. Asociación para el Desarrollo Rural Sostenible RURABLE: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 8. Asociación para el Desarrollo Sostenible de los Municipios del Caroig, Serra Grossa y Riberes del Xúquer: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 9. Associació Som Rurals: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 10. Grup d'Acció Local Rural Muntanya d'Alacant: 1.000.000 euros

Zona Rural LEADER 11. Asociación para la Sostenibilidad e Innovación Rural: 1.000.000 euros

4. Las cuantías en euros citadas en el apartado anterior quedan supeditadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto correspondiente de cada ejercicio.

En el supuesto de que una vez valoradas y adjudicadas las ayudas no se agotara la cuantía disponible en una anualidad, se podrá utilizar dicho remanente para incrementar las anualidades restantes, teniendo en cuenta lo dispuesto en el punto 8 del artículo 40 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones.

5. Las ayudas que se convocan tendrán carácter plurianual, de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat.



Cuarto. Tramitación anticipada

Según lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, sobre gastos de tramitación anticipada, la resolución queda condicionada a la efectiva existencia de crédito adecuado y suficiente una vez aprobado el presupuesto de la Generalitat.



Quinto. Personas beneficiarias y requisitos

1. Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas, sin perjuicio de las especificaciones previstas en el anexo II de la Orden 13/2018, los promotores de las inversiones que a continuación se detallan:

a) Las personas físicas o jurídicas de carácter privado, las agrupaciones sin personalidad jurídica y las personas de derecho público de base asociativa privada;

b) Las entidades de derecho público de carácter local o comarcal: ayuntamientos, mancomunidades, y entidades locales menores, así como las sociedades o asociaciones de derecho privado formadas mayoritariamente por personas de derecho público o que disponen de la mayoría de derechos de voto o de la capacidad efectiva de decisión;

c) Los Grupos de Acción Local.

2. Las personas beneficiarias deberán cumplir con los requisitos y las obligaciones establecidos en los artículos 5, apartado 2 y 6 de la Orden 13/2018.



Sexto. Plazo de presentación y solicitud

1. El plazo de presentación de solicitudes para las ayudas de la presente convocatoria comenzará a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del extracto de la misma y finalizará el 28 de febrero de 2019.

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