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Entra en vigor la Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento, que garantizar el derecho a poner en marcha una iniciativa empresarial en igualdad de oportunidades

17/05/2018 Área: Formación y Empleo Fuente: La Vanguardia / ARA

  • La Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento, que articula el sistema andaluz para emprender, ha entrado en vigor este martes tras salir publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y se encargará de coordinar las políticas de la Junta para garantizar el derecho de las personas a poner en marcha una iniciativa empresarial en igualdad de oportunidades, recogiendo para ello una cartera de una quincena de servicios específicos.

La Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento, que articula el Sistema Andaluz para Emprender, entrará en vigor este martes tras salir publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y se encargará de coordinar las políticas de la Junta para garantizar el derecho de las personas a poner en marcha una iniciativa empresarial en igualdad de oportunidades, recogiendo para ello una cartera de una quincena de servicios específicos.

El pasado 25 de abril, el Pleno del Parlamento aprobaba, con los votos a favor de PSOE-A y Ciudadanos (Cs), el rechazo de PP-A e IULV-CA, y la abstención de Podemos, el proyecto de la Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento.

Entre las principales novedades figuran los servicios dirigidos a conectar emprendedores e investigación, los destinados a impulsar aquellas iniciativas nacidas en el seno de las universidades y que cuenten con un gran potencial innovador, el apoyo al acceso a financiación, así como el asesoramiento para jóvenes y mujeres.

Además, establece acciones específicas para potenciar el emprendimiento en el ámbito rural y de la economía colaborativa, consideradas áreas esenciales por su capacidad para vertebrar el territorio y generar empleo de calidad.

La norma persigue tres objetivos estratégicos, que son los de aumentar los niveles de competitividad de las nuevas empresas, potenciar la incorporación de la innovación a los proyectos uniendo conocimiento y emprendimiento, incrementar los índices de supervivencia de las iniciativas empresariales, y fomentar las vocaciones emprendedoras.

Esta norma define el emprendimiento como "el conjunto de actuaciones que se realizan para transformar una propuesta económica, social y ambientalmente viable en una actividad profesional o empresarial, que puede concluir con la constitución jurídica de una nueva empresa".

La ley se organiza en un título preliminar de disposiciones generales y cuatro títulos --estructura de apoyo al emprendimiento, sectores específicos, fomento de la cultura emprendedora y plan general-- desgranados en 25 artículos, así como dos disposiciones adicionales, una derogatoria y dos finales.

La Consejería de Economía y Conocimiento será la encargada de impulsar la ejecución de esta ley, que coordina las líneas, estructuras, servicios y medidas orientados al emprendimiento. Todo ello conformará el Sistema Andaluz para Emprender, y en el que se pretende contar además con la colaboración de las universidades, de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, las cámaras de comercio y las entidades económicas y sociales más representativas de la comunidad.

En cuanto a la cartera de servicios, destacan por su novedad los dirigidos al denominado emprendimiento de nuevas oportunidades, para personas que han tenido experiencias fallidas anteriores; el asesoramiento a mujeres; el enfocado a jóvenes menores de 35 años, así como los específicamente orientados a aquellas iniciativas innovadoras de alto valor social y potencial de crecimiento que surjan en las universidades andaluzas.

El instrumento organizativo para poner esta ley en marcha será el Plan General de Emprendimiento, y otra de las iniciativas destacadas de la ley es la creación del Programa Andaluz de Formación para Emprender.

Esta norma que reconoce el derecho de los ciudadanos a recibir los mismos servicios al crear un negocio y que, entre otros objetivos, pretende impulsar la internacionalización y la innovación del tejido productivo y aumentar el tamaño de las empresas.

La norma contempla como una de las contribuciones más importantes la creación de un Sistema Andaluz para Emprender, "una garantía pública para hacer efectivo este derecho, con la colaboración de las Administraciones y la participación también de agentes privados".Este sistema desempeñará la función de acompañamiento a los emprendedores y agrupará todas las actuaciones que desarrollan los distintos agentes relacionados con el emprendimiento para facilitar la creación de una empresa y el inicio de actividad económica.

De este modo, enmarcará la labor que viene desarrollando Andalucía Emprende, que cuenta con más de 260 Centros Andaluces de Emprendimiento (CADE) en todo el territorio, la red pública de apoyo, asesoramiento, formación y tutorización a emprendedores más amplia de España y con mayor capacidad de alojamiento de empresas.

Junto a ello, el Sistema Andaluz para Emprender buscará la participación de los parques científicos y tecnológicos, comunidades de emprendedores, inversores, grandes empresas, entidades públicas y universidades, así como de agentes económicos y sociales, la asociación de municipios y provincias, y con entidades y organizaciones del ámbito de la economía social y del trabajo autónomo.

La Ley Andaluza de Fomento del Emprendimiento presta especial atención al emprendimiento rural, al femenino, al emprendimiento individual (autónomos), el emprendimiento en el ámbito de la economía social, al de segunda oportunidad, al impulsado por jóvenes, al que procede de proyectos de investigación, al emprendimiento de base tecnológica, al creativo y al de personas con algún grado de discapacidad.

CARTERA DE SERVICIOS

El texto normativo garantiza la prestación de una cartera de 15 servicios a cualquier persona emprendedora que quiera poner en marcha una idea, ofreciéndole asesoramiento, formación y acompañamiento para que su proyecto empresarial se consolide, crezca y genere nuevos empleos de calidad.

Entre estos servicios se encuentra el de consultas, evaluación de propuestas, plan de empresa, consultoría-formación, tutorización de proyectos, incubadora, asesoramiento financiero, nuevas oportunidades para emprender, iniciativas de emprendimiento colectivo y de economía social, asesoramiento a emprendedoras y empresarias o en el ámbito juvenil (para menores de 35 años), iniciativas innovadoras de alto valor social y potencial de crecimiento y de emprendimiento desde la intercooperación.

También se ofrece el servicio de acceso a la innovación tecnológica, para establecer canales de comunicación entre la investigación y la innovación que se desarrolla en el sistema I+D+i de Andalucía y los emprendedores.

Junto a esta carta de servicios, la Ley recoge otros instrumentos complementarios de apoyo en ámbitos como el acceso a la financiación, a la cooperación y concentración empresarial y ayudas directas complementarias al inicio de actividad y segunda oportunidad.

Dentro de este apoyo al acceso a la financiación, se tendrá especial atención a proyectos tecnológicos innovadores, creativos innovadores, iniciativas empresariales derivadas de proyectos de investigación, proyectos con alta capacidad exportadora o de cooperación, emprendedores de segunda oportunidad, iniciativas de mujeres y jóvenes menores de 30 años o mayores de 45 e iniciativas emprendedoras propuestas por personas con discapacidad.

SIMPLIFICACIÓN Y ELIMINACIÓN DE TRÁMITES ADMINISTRATIVOS

Por otra parte, la norma aprobada recoge que el Gobierno andaluz aprobará un plan de mejora de la regulación, que determinará los procedimientos en los que se pueda aplicar la declaración responsable o el silencio administrativo positivo; así como los procedimientos de tramitación de ayudas e incentivos a los autónomos.

Del mismo modo, la Consejería de Economía definirá los programas y contenidos de un Programa Andaluz de Formación para Emprender, teniendo en cuenta las necesidades formativas detectadas.

Para desarrollar esta Ley, el Gobierno andaluz elaborará un Plan General de Emprendimiento, instrumento de planificación, coordinación, ejecución, desarrollo y evaluación de las políticas públicas que se desarrollen en esta materia.

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