La Ley para el Desarrollo Sostenible supondrá una inversión de 82,3 millones de euros en Asturias
Asturias
13.09.2010
El Principado ha delimitado dos grandes zonas de actuación: Occidental y Oriental. La Consejería de Medio Rural y Pesca ha celebrado tres reuniones de trabajo, durante la pasada semana, para informar y explicar a los actores del medio rural la aplicación en Asturias de la Ley para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural. A los tres encuentros (organizados en Villaviciosa, Valdés y Oviedo) asistieron Alcaldes, equipos técnicos de los Grupos de Desarrollo Rural, representantes de organizaciones agrarias, sindicatos, organizaciones empresariales y cámaras de comercio; así como de organizaciones de mujeres, Consejo de la Juventud, asociaciones de vecinos, Federación Asturiana de Concejos y Red Asturiana de Desarrollo Rural. Las reuniones fueron presididas por el Director General de Desarrollo Rural, Ángel Luís Álvarez, el Presidente de la Federación Asturiana de Concejos, Juan Pereiro y el Director de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Asturias, Francisco González Zapico, asistiendo el Consejero de Medio Rural y Pesca, Aurelio Martín, a la celebrada en Oviedo el pasado jueves.
Tras la aprobación el pasado mes de junio de un programa nacional, mediante Real Decreto, el siguiente paso es la elaboración de los Planes de Zona. Estos Planes son la principal herramienta de programación para la canalización de los fondos públicos que se ponen a disposición del medio rural, y que a pesar de las dificultades presupuestarias derivadas de la crisis económica general permitirán que en los próximos cinco años se destinen al desarrollo rural de Asturias 82,3 millones de euros, 16,4 millones de media anual. Estos fondos serán aportados a partes iguales por el Gobierno de Asturias y por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, para todo tipo de iniciativas que contribuyan a mejorar las condiciones de vida en el medio rural.
Según destacaron los representantes de las tres Administraciones Públicas presentes en la ejecución de la nueva Ley, estas reuniones son muestra de uno de los principios básicos de la Ley: la participación pública. Asimismo y siguiendo este principio, la Consejería tiene la intención de constituir órganos estables que sirvan de cauce a la participación del tejido asociativo del medio rural en el seguimiento de la Ley.
Delimitación de las zonas rurales beneficiadas por la Ley
Los criterios para la delimitación de las zonas rurales de Asturias, beneficiarias de la citada Ley, han sido los siguientes:
· Se han incorporado la totalidad de los municipios rurales, más los municipios urbanos incluidos en programas Leader. Se excluyen las cabeceras con carácter urbano en un número reducido de municipios.
· Se han agrupado municipios respetando la estructura comarcal de los Grupos de Desarrollo Rural Leader
· Número reducido de zonas, para simplificar gestión y seguimiento
Por todo lo anterior se han delimitado dos grandes zonas: Occidental y Oriental
Criterios para el reparto de fondos
Los criterios de reparto de fondos entre las distintas zonas son los mismos que se aplican en el Fondo de Cooperación Local y que se basan en datos socioeconómicos tales como: población, índice de envejecimiento, superficie, carácter montañoso y dispersión de la población.
PLAN DE FINANCIACIÓN ZONAS RURALES DE ASTURIAS (en millones de euros)
ORIENTE OCCIDENTE TOTAL
2010 6,508 9,932 16,440
2011 6,524 9,956 16,480
2012 6,524 9, 956 16,480
2013 6,524 9, 956 16,480
2014 6,524 9, 956 16,480
TOTAL 32,604 49,756 82,360
Datos Básicos de las Zonas Rurales de Asturias
ZONA RURAL OCCIDENTAL ZONA RURAL ORIENTAL RESTO
Nº de municipios 40 27 11
Población (2008) 142.103 90.029 841.274
Superficie (Km2) 5.779 3.626 1.246
Densidad de población (hab./Km2) 24,6 24,8 675,2
Calificación A revitalizar A revitalizar